El Supremo rebaja la pena de los dos piratas capturados tras el secuestro del 'Alakrana'
Militares españoles han detenido a los piratas cuando abandonaron el Alakrana en un esquife-(REUTERS)
La Audiencia Nacional les impuso penas de 439 años por el secuestro del atunero vasco en 2009.
EFE
El Tribunal Supremo ha rebajado en 36 años, de 439 años de cárcel a 403 años de prisión, la pena impuesta el pasado mes de mayo por la Audiencia Nacional a los dos piratas somalíes capturados en aguas del océano Índico tras el secuestro del atunero Alakrana en 2009.
En la sentencia notificada hoy, la sala de lo penal del alto tribunal absuelve a Cabdiweli Cabdullahi, Abdu Willy, y a Raageggesey Hassan Aji de los 36 delitos contra la integridad moral por los que fueron condenados y por cada uno de los cuales se les impuso una pena de un año de cárcel.
La Audiencia Nacional apreció la existencia de ese delito en los simulacros de fusilamiento a los que fueron sometidos algunos de los secuestrados y en las aparentes entregas de otros a las familias de los dos piratas detenidos "con el fin de que se vengaran" y para presionar a los familiares de los marineros en España para que exigieran la libertad de los capturados.
El Supremo dice, sin embargo, que "este comportamiento revanchista, vindicativo y coactivo por parte de los secuestradores que permanecían en el barco no puede atribuirse a los dos acusados que ya estaban detenidos en ese momento".
"Se trató de una conducta que se inició cuatro o cinco días después del abordaje del barco, como reacción a la detención de sus compañeros y que no había sido planificada ni preparada con ocasión de convenir o acordar el abordaje y el secuestro de la tripulación", añade el tribunal.
La sala dice que "no cabe, por tanto, atribuir la coautoría de los dos acusados en estos actos decididos ''ex novo'' y relativos a un comportamiento atentatorio contra la integridad moral de las víctimas, mediante los cuales los secuestradores pretendían hacer frente a la contingencia surgida de repente en el curso de la ejecución de la actividad planificada".
Abdu Willy y Raageggesey Hassan fueron arrestados al día siguiente del secuestro del buque de pesca bermeano frente a las costas de Somalia, que se produjo el 2 de octubre de 2009 y que finalizó 47 días después tras el pago de un rescate que, según la sentencia de la Audiencia Nacional, fue abonado por el Gobierno y no por la empresa armadora.
Por otra parte, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por dos de los marineros del Alakrana para que los hechos fueron calificados como terroristas, en el que alegaban que los secuestradores formaban parte de un grupo jerarquizado denominado "Burcad Badeed" ("Los que roban en el mar") que, a su vez, colabora con la organización terrorista Shabaab.
Para ello, los marineros aportaron diversos documentos referidos "a la situación social, política y económica de Somalia y al control de la zona por grupos armados que viven del pillaje en las aguas del océano Índico", pero la sala entiende que no tienen "poder demostrativo o virtualidad evidenciadora de que el grupo que secuestró el barco Alakrana pertenezca" a Shabaab.
"Los documentos citados no permiten conocer ni concretar las circunstancias individuales o singulares de las personas que ejecutaron el secuestro y su vinculación concreta con un grupo que persiga algo más que el lucro económico valiéndose del abordaje de barcos, del secuestro y de la extorsión de los tripulantes de los buques que transitan por la zona", añade la sentencia.
El Supremo sí estima, sin embargo, que los condenados deben indemnizar a los cuatro marineros que recurrieron y a sus familiares por el menoscabo de su salud psíquica -los informes médicos acreditan que padecieron estrés durante mucho tiempo-, ya que la Audiencia Nacional no dio respuesta a esta pretensión en su resolución.
Por lo demás, el alto tribunal mantiene las condenas a Abdu Willy y Raageggesey Hassan por 36 delitos de detención ilegal, uno de asociación ilícita y otro de robo con violencia.
Fonte: http://www.cadenaser.com/espana/articulo/supremo-rebaja-pena-piratas-capturados-secuestro-alakrana/csrcsrpor/20111226csrcsrnac_6/Tes (26/12/2011)
La Audiencia Nacional les impuso penas de 439 años por el secuestro del atunero vasco en 2009.
EFE
El Tribunal Supremo ha rebajado en 36 años, de 439 años de cárcel a 403 años de prisión, la pena impuesta el pasado mes de mayo por la Audiencia Nacional a los dos piratas somalíes capturados en aguas del océano Índico tras el secuestro del atunero Alakrana en 2009.
En la sentencia notificada hoy, la sala de lo penal del alto tribunal absuelve a Cabdiweli Cabdullahi, Abdu Willy, y a Raageggesey Hassan Aji de los 36 delitos contra la integridad moral por los que fueron condenados y por cada uno de los cuales se les impuso una pena de un año de cárcel.
La Audiencia Nacional apreció la existencia de ese delito en los simulacros de fusilamiento a los que fueron sometidos algunos de los secuestrados y en las aparentes entregas de otros a las familias de los dos piratas detenidos "con el fin de que se vengaran" y para presionar a los familiares de los marineros en España para que exigieran la libertad de los capturados.
El Supremo dice, sin embargo, que "este comportamiento revanchista, vindicativo y coactivo por parte de los secuestradores que permanecían en el barco no puede atribuirse a los dos acusados que ya estaban detenidos en ese momento".
"Se trató de una conducta que se inició cuatro o cinco días después del abordaje del barco, como reacción a la detención de sus compañeros y que no había sido planificada ni preparada con ocasión de convenir o acordar el abordaje y el secuestro de la tripulación", añade el tribunal.
La sala dice que "no cabe, por tanto, atribuir la coautoría de los dos acusados en estos actos decididos ''ex novo'' y relativos a un comportamiento atentatorio contra la integridad moral de las víctimas, mediante los cuales los secuestradores pretendían hacer frente a la contingencia surgida de repente en el curso de la ejecución de la actividad planificada".
Abdu Willy y Raageggesey Hassan fueron arrestados al día siguiente del secuestro del buque de pesca bermeano frente a las costas de Somalia, que se produjo el 2 de octubre de 2009 y que finalizó 47 días después tras el pago de un rescate que, según la sentencia de la Audiencia Nacional, fue abonado por el Gobierno y no por la empresa armadora.
Por otra parte, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por dos de los marineros del Alakrana para que los hechos fueron calificados como terroristas, en el que alegaban que los secuestradores formaban parte de un grupo jerarquizado denominado "Burcad Badeed" ("Los que roban en el mar") que, a su vez, colabora con la organización terrorista Shabaab.
Para ello, los marineros aportaron diversos documentos referidos "a la situación social, política y económica de Somalia y al control de la zona por grupos armados que viven del pillaje en las aguas del océano Índico", pero la sala entiende que no tienen "poder demostrativo o virtualidad evidenciadora de que el grupo que secuestró el barco Alakrana pertenezca" a Shabaab.
"Los documentos citados no permiten conocer ni concretar las circunstancias individuales o singulares de las personas que ejecutaron el secuestro y su vinculación concreta con un grupo que persiga algo más que el lucro económico valiéndose del abordaje de barcos, del secuestro y de la extorsión de los tripulantes de los buques que transitan por la zona", añade la sentencia.
El Supremo sí estima, sin embargo, que los condenados deben indemnizar a los cuatro marineros que recurrieron y a sus familiares por el menoscabo de su salud psíquica -los informes médicos acreditan que padecieron estrés durante mucho tiempo-, ya que la Audiencia Nacional no dio respuesta a esta pretensión en su resolución.
Por lo demás, el alto tribunal mantiene las condenas a Abdu Willy y Raageggesey Hassan por 36 delitos de detención ilegal, uno de asociación ilícita y otro de robo con violencia.
Fonte: http://www.cadenaser.com/espana/articulo/supremo-rebaja-pena-piratas-capturados-secuestro-alakrana/csrcsrpor/20111226csrcsrnac_6/Tes (26/12/2011)
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